Autónomo en Bizkaia: obligaciones contables y fiscales básicas
Darse de alta como autónomo en Bizkaia no es distinto en cuanto a Seguridad Social, pero sí en la parte fiscal: sus obligaciones tributarias las gestiona la Hacienda Foral de Bizkaia. Este es el mapa básico de obligaciones que debe cumplir desde el primer día.
Alta censal
El primer paso es el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda Foral de Bizkaia (modelo foral equivalente al 036/037). Se elige el epígrafe de IAE, el régimen de IVA y la modalidad de IRPF: estimación directa normal, simplificada o —si procede— módulos.
IRPF trimestral
Con carácter trimestral, el autónomo en estimación directa presenta el modelo foral de pago fraccionado de IRPF sobre el rendimiento neto acumulado. Y, anualmente, la declaración de la renta.
IVA
Si su actividad no está exenta, presentará trimestralmente el modelo de IVA (repercutido menos soportado), más el resumen anual. Recuerde también las obligaciones de TicketBAI en Bizkaia, con firma y envío telemático de cada factura.
Retenciones
Si emite facturas a empresas o profesionales con retención (habitual en profesionales), esa retención la ingresa el pagador. Si usted paga alquileres a un arrendador, contrata a profesionales con retención o abona nóminas, deberá presentar las declaraciones de retenciones que correspondan.
Libros
El autónomo lleva libros registro de facturas emitidas, facturas recibidas, bienes de inversión y, si procede, provisiones y suplidos. En profesionales, además, libro registro de ingresos y gastos.
Errores frecuentes
- Aplicar la normativa estatal en vez de la foral (tipos, deducciones, plazos).
- No conservar tickets ni facturas simplificadas justificativas de gastos.
- Olvidar el alta o baja de alguna actividad secundaria.
- Retrasar la implantación completa de TicketBAI.
Si acaba de darse de alta, o si prefiere delegar toda la parte fiscal y contable, podemos llevarle la asesoría integral. Ver el servicio de asesoría fiscal.